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Deontología y ética

La deontología es la ciencia de la obligación moral, de la ética y de los deberes que deben cumplirse. Define, en términos amplios, las reglas de conducta que deben ser respetados por los actores que intervienen en una determinada actividad colectiva. La deontología es entonces un compromiso que los miembros de un grupo se imponen, para actuar de acuerdo a un conjunto de normas aprobadas por todos, garantizando la buena práctica de sus actividades. Este compromiso, de carácter moral, da a los miembros del grupo una serie de derechos y obligaciones que tienen que ser respetados por todos. La deontología es un código de ética y de buena conducta, que se formaliza a través de un reglamento
interno que debe ser elaborado por los pares.

Cuando se habla de deontología en este portal, nos referimos a dos situaciones omplementarias: la primera es la construcción de una deontología en la práctica arqueológica en el Ecuador, y la segunda que debe ser una consecuencia de la anterior, es el código de conducta que nos imponemos en el uso de este sitio electrónico.

Puede también participar a los debates en torno la deontología en nuestro foro



Código de Ética Para Visitas a Sitios Arqueológicos con Arte Rupestre PDF Imprimir E-mail
Escrito por Asociación Peruana de Arte Rupestre (APAR)   
Martes, 17 de Noviembre de 2009 12:37

Premisas

El Arte Rupestre es un objeto arqueológico y por lo tanto un monumento nacional. Esto quiere decir que el arte rupestre se encuentra protegido y amparado por las leyes peruanas del patrimonio cultural y arqueológico.

El Arte Rupestre es una herencia cultural del pasado. Hay 4 tipos de arte rupestre en el Perú: Pinturas Rupestres, Petroglifos, Arte rupestre movible, y Geoglifos.

El arte rupestre incluye las siguientes características: la figuración (grabada, pintada o delineada), el soporte (la piedra, la roca, el farallón  el suelo), y el entorno paisajístico. En conjunto estas características configuran el sitio arqueológico de arte rupestre.

Todos los peruanos tienen derecho y el deber de apreciar, proteger y estudiar el arte rupestre nacional teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

Comportamiento ético

1. Comunicar siempre el ingreso a los sitios que estén bajo supervisión, sea esta del estado: Instituto Nacional de Cultura por ejemplo; o particular: comunidad campesina, asociación comunitaria, etc. Si existen reglamentos internos de visitas, seguir este reglamento y cumplir con los requerimientos estipulados en el mismo.

2. Entender concientemente el encontrarse en un lugar que es un repositorio de arte antiguo, un lugar con reliquias expuestas. Por tanto se requiere un comportamiento acorde a esta situación.

3. Observar el arte rupestre siempre desde una distancia prudencial.

4. No debe intervenirse físicamente el arte rupestre en ninguna forma. No debe tocarse, pintarse, rasparse, tizarse, mojarse, escalarse, etc.

5. No se debe alterar de ninguna forma el entorno, en el cual el arte rupestre esta inscrito. No se debe remover el suelo, hacer fogatas, campamentos, construcciones, etc., en zonas cercanas a los sitios con arte rupestre.

6. No se debe levantar colectar o coleccionar cualquier material cultural asociado a los sitios de arte rupestre, sean estos cerámica, lítico, hueso, o cualquier otro material similar. Esta recomendación incluye también muestras botánicas (plantas y/o árboles), y muestras minerales.

7. No se debe dejar en el área nada extraño al entorno y el sitio de arte rupestre, esto incluye ofrendas, pagos, monedas, basura, etc.

8. Se debe recordar que todo daño al arte rupestre, siendo este patrimonio nacional, constituye un delito contra el patrimonio cultural que es sujeto a penalidades.

 
El Código de Ética del IFRAO PDF Imprimir E-mail
Escrito por IFRAO   
Martes, 17 de Noviembre de 2009 12:11

El siguiente Código de Ética fue ratificado en la Reunión de IFRAO llevada a cabo en Alice Springs, Australia, el 14 de Julio del 2000. Representa los estándares éticos mínimos recomendados para conducir investigaciones en arte rupestre en cualquier lugar.

Última actualización el Martes, 17 de Noviembre de 2009 12:35
 
Ética profesional en la arqueología ecuatoriana, en realidad existe? PDF Imprimir E-mail
Escrito por Fernando Astudillo Cueva   
Viernes, 08 de Febrero de 2008 10:35
No es nada nuevo el tema de que la práctica arqueológica ecuatoriana mantiene una tradición barroca para manejar asuntos administrativos y de ética profesional, ni tampoco es nuevo el hecho de que la gente se apersonaliza de un puesto de alguna institución, cuando sus funciones deberían ser estrictamente profesionales. Sin embargo si toma por sorpresa el hecho de que dentro de una institución académica como la PUCE, que desde el año pasado intenta fomentar una nueva visión sobre la práctica investigativa en arqueología, se sigan manteniendo actitudes contradictorias al discurso que actualmente se maneja.

Como es de conocimiento público, el Proyecto Chilmá: Arqueología, Etnohistoria y Etnografía de un pueblo Pasto, se ejecuta a través de un convenio de cooperación interinstitucional entre la PUCE y el Gobierno Provincial de Carchi (GPC), en donde la universidad aporta con el componente profesional e investigativo, y el GPC con el financiamiento y la logística dentro de la Provincia. El proyecto investigativo por ahora ha logrado culminar con las etapas de prospección y excavación arqueológica, con cuyos resultados ha sido posible la realización de dos tesis de licenciatura en antropología de la PUCE (incluyendo la mía), y el paso siguiente es el análisis de los materiales procedentes de la excavación en Chilmá.
Última actualización el Lunes, 14 de Septiembre de 2009 09:09
 
Principios de Ética y Estándares de Conducta Profesional PDF Imprimir E-mail
Escrito por Asociación de Arqueológos Profesionales de la República Argentina   
Lunes, 30 de Julio de 2007 16:41
Principios de Ética

Principio Nº 1: Administración

El registro arqueológico, constituido por el material y los sitios arqueológicos en su localización original, las colecciones arqueológicas y los informes y registros, es irremplazable. Es responsabilidad de todos los arqueólogos trabajar para la conservación a largo plazo y la protección del registro arqueológico mediante su administración. Los administradores son tanto conservadores como defensores del registro arqueológico en beneficio de toda la gente; como ellos investigan e interpretan el registro arqueológico se debería utilizar el conocimiento que han ganado para promover el conocimiento público y apoyar la preservación a largo plazo.

Atención: Es imperativo atender los requerimientos de las comunidades aborígenes que tengan reconocida vinculación con el Patrimonio Arqueológico y/o la historia cultural que el arqueólogo se encuentre investigando. (viene del Articulo 5 de los Estándares)

Principio Nº 2: Responsabilidad

La investigación arqueológica responsable incluye todos los niveles de la actividad profesional, requiere un reconocimiento de responsabilidad pública y un compromiso para hacer un esfuerzo razonable y honesto, y para consultar activamente con grupos afectados, con el objetivo de establecer una relación de trabajo que pueda ser beneficiosa para todas las partes involucradas.

Principio Nº 3: Comercialización
La compra y venta de objetos arqueológicos son prácticas frecuentes. Esta situación está contribuyendo a la destrucción del registro arqueológico en todo el mundo. La comercialización de objetos arqueológicos - su uso como mercancías para ser explotadas en usufructo o beneficio personal - resulta en la destrucción de sitios arqueológicos y de información contextual que es esencial para comprender el registro arqueológico. Los arqueólogos, por lo tanto, no deben estar involucrados en la compra y venta de vestigios arqueológicos. Deben respetar los principios básicos que hacen a la conservación y restauración de sitios y piezas arqueológicos. Los arqueólogos deben arbitrar los medios para tratar de que las colecciones particulares queden en instituciones nacionales públicas, o fácilmente disponibles para el estudio científico y la exhibición pública.

Principio Nº 4: Educación pública y Difusión
Los arqueólogos deberían participar en esfuerzos cooperativos con otros interesados en el registro arqueológico con el objetivo de mejorar su preservación, protección e interpretación. En particular, los arqueólogos deberían:
  1. Conseguir apoyo público para la administración del registro arqueológico;
  2. Explicar y promocionar el uso de métodos y técnicas arqueológicos para la comprensión de la cultura y la conducta humana; y
  3. Comunicar las interpretaciones arqueológicas del pasado. Existe un amplio público para la arqueología, que incluye diversos sectores de la sociedad: estudiantes y maestros; indígenas, u etnías, y grupos culturales que encuentran en el registro arqueológico importantes aspectos de su herencia cultural; legisladores y gobernadores; periodistas y otros agentes involucrados en la difusión; público en general. Los arqueólogos no capacitados para emprender actividades vinculadas con la educación pública y el contacto directo con estos sectores deberían alentar y apoyar los esfuerzos de otros en estas actividades.
Principio Nº 5: Propiedad intelectual
La propiedad intelectual, como contenedora del conocimiento y los documentos creados a través del estudio de recursos arqueológicos, forma parte del registro arqueológico. Como tal, éste debería ser tratado de acuerdo con los principios de administración más que como un problema de posesión personal. Si hay una razón de fuerza mayor, y restricciones no legales o fuertes intereses adversos, un investigador debe tener acceso primario a los materiales originales y documentos por un tiempo limitado y razonable, después del cual esos materiales y documentos deben quedar disponibles para otros.

Principio Nº 6: Informes y publicaciones
Dentro de un tiempo razonable, el conocimiento de logros arqueológicos a partir de la investigación del registro arqueológico, debe ser presentado en forma accesible a través de publicaciones u otros medios de alcance e interés tan amplios como sea posible. Los documentos y materiales, sobre los cuales las publicaciones y otras formas de informes públicos están basados, deberían ser depositados en un lugar adecuado para su permanente custodia. El interés en la preservación y protección de sitios arqueológicos en su lugar de origen debe ser tenido en cuenta cuando se publica y distribuye información acerca de su naturaleza y ubicación.

Principio Nº 7: Registros y preservación
Los arqueólogos deberían trabajar activamente en la preservación de colecciones arqueológicas, registros e informes. Asimismo deberían animar a sus colegas, estudiantes y otros agentes para hacer uso responsable de las colecciones, registros e informes en su investigación, como un medio para preservar el registro arqueológico en su lugar de origen, y para incrementar su cuidado y atención.

Principio Nº 8: Entrenamiento y recursos
Dada la naturaleza destructiva de muchas investigaciones arqueológicas, los arqueólogos deben asegurarse de tener entrenamiento adecuado, experiencia, facilidades, y todo otro apoyo necesario para conducir cualquier programa de investigación que inicien, de modo consistente con los principios precedentes y normas contemporáneas de la práctica profesional.
Última actualización el Lunes, 30 de Julio de 2007 16:46
 
Policy Statements of the Institute of Field Archæologists PDF Imprimir E-mail
Escrito por Institute of Field Archæologists   
Viernes, 20 de Julio de 2007 15:40
Policy statements #1
EQUAL OPPORTUNITIES IN ARCHAEOLOGY

Equal opportunities is an issue integral to every aspect of archaeological work. It is an aspect of human resource management concerned with the provision of equal access in staff recruitment, selection, training, promotion and retention, and equal opportunity for a positive work experience and environment. While structural inequalities are not specific to archaeological practice, the Institute of Field Archaeologists takes responsibility for formulating policy on archaeological standards, and thus equity issues are implicit in its Code of conduct.

1.1 The Institute of Field Archaeologists is committed to a policy of equal opportunities in archaeology, and its implementation through a programme of positive action.

1.2 This policy aims to heighten awareness of equity issues amongst the membership of the Institute, and to encourage employers to adopt guidelines ensuring that no job applicant or employee receives less favourable treatment or access to opportunities for training and development on the grounds of age, gender, marital status, disability, race, religious belief, ethnic or national origins, sexual orientation, or any other grounds not relevant to employment practice.

1.3 The Institute will observe this policy in relation to its own employees, and will consider the policy applicable to its membership. According to the Institute’s Code of conduct, all members must practice ethical and responsible behaviour in archaeological affairs (Principle 1), and in dealing with employees and colleagues (Principle 5). Appropriate professional conduct includes refraining from racial and sexual discrimination and harassment. Such behaviour may lead to allegations of improper conduct requiring an investigation conducted in accordance with the provisions of the Institute’s Disciplinary regulations.

1.4 The Institute is committed to equality of opportunity for representation on its committees, working parties and Council, and in the validation process leading to membership.

1.5 Henceforward, the Institute will observe a policy of nonsexist and non-discriminatory language in its by-laws, administration, publications, presentations and annual conference.

1.6 Though its Equal opportunities and Career development and training committees, the Institute is committed to a programme of positive action to make this policy fully effective.
Última actualización el Miércoles, 23 de Septiembre de 2009 08:38
 
Disciplinary regulations PDF Imprimir E-mail
Escrito por Institute of Field Archaeologists   
Viernes, 29 de Junio de 2007 22:48
By-laws of the Institute of Field Archaeologists
Disciplinary Regulations
Revised Edition, September 2005

The Institute recognises that from time to time there will be allegations that a member has acted contrary to the Code of conduct or other by-laws of the Institute.

In common with many other professional institutes, the IFA in 2004 and 2005 reviewed its disciplinary procedures with a view to making them less cumbersome, making the Institute more credible as an effective regulatory body (especially to those outside archaeology), ensuring lay involvement where appropriate, emphasising redress or improvement rather than punishment, enabling the Institute to devote its limited resources to investigating allegations of misconduct rather than mediating in contractual or professional disputes, and ensuring compliance with human rights legislation and general principles of natural justice.

These disciplinary regulations set out the procedure by which the Institute will determine whether an allegation requires formal investigation, and if it does how that investigation will be carried out. If formal disciplinary proceedings take place, each party is given an opportunity to present his/her case or to defend himself/herself against the allegation. The procedures also allow for representation and appeal against the findings and any sanctions.

The Institute’s policy is to preserve confidentiality, and it requests all those involved in any proceedings to do likewise. The Institute cannot be held responsible for breaches of confidentiality by individuals involved in proceedings.

The Institute will take all reasonable steps to ensure that proceedings are completed promptly. The failure by the last to comply with any time limit imposed by this by-law will not invalidate any disciplinary proceedings.

These regulations set out a four-stage process comprising
  • a preliminary assessment either of whether an allegation could better be resolved by discussion; or of whether information that comes to the attention of the Institute might lead it to make its own allegation (clauses 1-6)
  • an initial investigation of an formal allegation to determine whether there is a case to answer, whether conduct warrants only advisory recommendation, or whether to recommend appointment of a disciplinary panel (clauses 7-15)
  • an investigation by a disciplinary panel (clauses 16-26), with an appeal process (clauses 27-35)
  • reporting and review (clauses 36-39)
Última actualización el Lunes, 14 de Septiembre de 2009 08:57
 
Code of approved practice for the regulation of contractual arrangements in field archæology PDF Imprimir E-mail
Escrito por Institute of Field Archaeologists   
Viernes, 29 de Junio de 2007 22:23
By-laws of the Institute of Field Archaeologists
Code of approved practice for the regulation of contractual arrangements in field archaeology
Revised edition, September 2002

This Code provides guidance to archaeologists about professional conduct in situations where sponsored or commissioned archaeological work is undertaken on a contractual basis, especially as part of development controlled by the planning process. It is based on the five principles already enshrined in the Institute’s Code of conduct. The principles are
  1. The archaeologist shall adhere to the highest standards of ethical and responsible behaviour in the conduct of archaeological affairs.
  2. The archaeologist has a responsibility for the conservation of the archaeological heritage.
  3. The archaeologist shall conduct his/her work in such a way that reliable information about the past may be acquired, and shall ensure that the results be properly recorded.
  4. The archaeologist has a responsibility for making available the results of archaeological work with reasonable dispatch.
  5. The archaeologist shall recognise the aspirations of employees, colleagues and helpers with regard to all matters relating to employment, including career development, health and safety, terms and conditions of employment and equality of opportunity.
It is recognised that a variety of local organisational arrangements exist for the conduct of archaeological fieldwork and its associated processes and that these are continuing to evolve. In some areas most projects are undertaken by a single integrated body, in others several organisations coexist harmoniously and elsewhere a more competitive environment prevails. This Code of approved practice for the regulation of contractual arrangements in field archaeology is not an attempt to promote any particular organisational system for obtaining or carrying out archaeological work. Rather it is intended to encompass all work, whether undertaken through local authorities, central government, universities, museums, independent trusts or private companies.

The Code addresses issues of particular current concern. It provides guidance on professional behaviour where more than one individual or organisation is competing for the same piece of work. It seeks to ensure that the terms and conditions for all work undertaken on behalf of a third party are clearly defined, normally by contract. It requires the declaration of interests by members of the Institute involved with commissioning and implementing a programme of work. It reminds all archaeologists, whatever their role in a particular project, of the need for a sound brief and specification of work together with effective monitoring of professional, academic and technical standards in their execution.

The Code of approved practice for the regulation of contractual arrangements in field archaeology indicates the general standard of professional conduct to which individual members of the Institute and organisations are expected to adhere when constructing a tender, considering a tender, or undertaking sponsored or commissioned archaeological fieldwork under contract. Members failing to observe the norms of behaviour set out in the Code may be judged guilty by the Institute’s governing body of conduct unbecoming to a member and may be either reprimanded, suspended or expelled. The Institute from time to time produces written standards and guidance for the execution of archaeological projects, and policy statements. All members are advised to respect such standards, guidance and policy statements in the interests of good professional practice; a full list of the IFA Standard and guidance documents and policy statements published to date will be found in the ‘Further reading’ section appended to the Code.

This Code of approved practice for the regulation of contractual arrangements in field archaeology was formally ratified and adopted as a by-law of the Institute at the Annual General Meeting held on 17 September 1990, and amended by Ordinary Resolutions passed at Annual General Meetings held on 17 September 1993, 14 October 1994, 22 September 1995, 10 September 1997, 17 September 1998 and 7 September 2000. It should be read in conjunction with the Memorandum and Articles of Association, Code of conduct, Disciplinary regulations and Standard and guidance documents (by-law enacted under Article 44, pursuant to Clause 3 of the Memorandum).
Última actualización el Lunes, 14 de Septiembre de 2009 08:55
 
Codigo de Conducta PDF Imprimir E-mail
Escrito por Institute of Field Archæologists   
Viernes, 29 de Junio de 2007 22:08

Estatutos del Instituto de Arqueólogos de Campo Código de conducta Edición revisada, octubre de 2006 El objeto del Código es promover aquellos estándares de conducta y autodisciplina requerida de un arqueólogo en los intereses del público y en la búsqueda de la investigación arqueológica. La arqueología es el estudio de la naturaleza y el comportamiento pasado de seres humanos en su ajuste ambiental. Es realizado por la investigación y la interpretación del material permanece de actividades humanas, que juntos constituyen la herencia arqueológica. La herencia arqueológica es un recurso finito, vulnerable y que disminuye. El entendimiento más lleno de nuestro pasado proporcionado por la arqueología es la parte de la herencia común de la sociedad y debería estar disponible a cada uno. A causa de este, y porque la herencia arqueológica es un recurso irremplazable, arqueólogos tanto corporativamente como individualmente tiene una responsabilidad de ayudar a conservar la herencia arqueológica, usarlo económicamente con su trabajo, conducir sus estudios de tal modo que la información confiable puede ser adquirida, y diseminar los resultados de sus estudios. La suscripción a este Código de la conducta para individuos contratados en la arqueología asume la aceptación de estas responsabilidades. Aquellos que se suscriben a ello y realizan sus provisiones serán así identificados como personas que profesan estándares específicos de competencia, responsabilidad y comportamiento ético en la búsqueda del trabajo arqueológico. El Código indica el estándar general de la conducta a la cual se espera que miembros del Instituto se adhieran, fallando que su organismo rector puede juzgarlos culpable de la conducta impropia a un miembro del Instituto y puede reprenderlos o, suspenderlos o expulsarlos. El Instituto de vez en cuando produce estándares escritos y dirección para la ejecución de proyectos arqueológicos, y declaraciones de política. A todos los miembros les aconsejan respetar tales estándares, dirección y declaraciones de política en los intereses de la práctica profesional buena; una lista llena del Estándar IFA y documentos de dirección publicados hasta ahora será encontrada en ‘la Adelante lectura’ sección. El Código de conducta fue formalmente ratificado y adoptado como una ley municipal del Instituto en la Asamblea Anual sostenida el 3 de junio de 1985, y se enmendó por Resoluciones Ordinarias pasadas en Asambleas Anuales sostenidas el 12 de septiembre de 1988, el 17 de septiembre de 1993, el 14 de octubre de 1994, el 22 de septiembre de 1995, el 11 de septiembre de 1996, el 10 de septiembre de 1997 y el 7 de septiembre de 2000. Debería ser leído junto con el Memorándum y Contrato de asociación, el Código de la práctica aprobada para la regulación de arreglos contractuales en arqueología de campaña, regulaciones Disciplinarias y Estándar y documentos de dirección (ley municipal decretada bajo el Artículo 44, de acuerdo con la Cláusula 3 del Memorándum).

Última actualización el Lunes, 14 de Septiembre de 2009 08:37
 
Código de Ética de la Práctica Arqueológica PDF Imprimir E-mail
Escrito por Association des archéologues du Québec   
Jueves, 28 de Junio de 2007 16:38
Este código pertenece íntegramente a los reglamentos de la Asociación de Arqueólogos de Québec. Por consiguiente, obliga a todos sus miembros a conocerlo y a aplicarlo dentro del desempeño de sus actividades profesionales.
Última actualización el Lunes, 14 de Septiembre de 2009 08:36
 
El Código de Deontología del ICOM para los Museos PDF Imprimir E-mail
Escrito por ICOM   
Jueves, 31 de Mayo de 2007 23:42
1. Introducción

El Código de deontología del ICOM para los museos constituye un medio de autorregulación profesional. Establece normas mínimas de conducta y desempeño profesional a las que puede aspirar razonablemente el conjunto de los profesionales de museos del mundo entero. Al mismo tiempo, enuncia claramente lo que el público al que servimos puede esperar razonablemente de los profesionales de los museos. Aunque el Código no prime sobre el ordenamiento jurídico, puede desempeñar sin embargo una función semijurídica cuando la legislación nacional sobre las cuestiones de las que trata esté mal definida o no exista.

Al igual que en las legislaciones, la evolución de la sociedad y de las prácticas profesionales puede influir en los códigos de deontología. Este fenómeno adquiere un relieve particular en los museos, si se tiene en cuenta que su función social, exclusivamente didáctica en un principio, se ha ido extendiendo a las actividades recreativas, al turismo y a la promoción de la identidad cultural. Además, en los últimos veinte años muchos países han experimentado transformaciones profundas no sólo con la transferencia de los servicios públicos a los sectores privados y comerciales, sino también con el establecimiento de órganos especializados al servicio de los museos. Esas transformaciones pueden acarrear alteraciones profundas de las estructuras de una profesión. Para todos los que se encargan de recoger e interpretar el patrimonio cultural y natural, este Código de deontología del ICOM para los museos revisado debe representar un vínculo profesional común. La adhesión al ICOM implica la aceptación de este Código.

El Comité del ICOM para la Deontología ha efectuado un examen crítico de cada una de las secciones del Código, en función de las prácticas museísticas actuales, y las ha revisado en consecuencia. Además, el Código ha sido objeto de una presentación menos normativa. Esta es la primera etapa de una reforma más completa prevista para 2004, en la que, según se tiene previsto, los principios relativos a las prácticas profesionales irán acompañados de directivas para cumplirlos. La tarea de revisión del Código no se podría haber llevado a cabo sin el pleno apoyo del Presidente y del Secretario General del ICOM y sin las numerosas observaciones constructivas remitidas por los Comités y miembros del ICOM a lo largo de un año de concertación. El trabajo más considerable ha recaído sobre los miembros del Comité de Deontología, que se han reunido en tres ocasiones para realizarlo y han participado en tres ocasiones en un foro de discusión electrónico.

En 1970, el ICOM publicó su Deontología de las adquisiciones, y el Código de Deontología Profesional completo fue editado por primera vez en 1986. La edición actual fue aprobada por unanimidad por la 20ª Asamblea General del ICOM en Barcelona, España, el 6 de julio de 2001. Al igual que estos dos precursores suyos, el Código actual ofrece una pauta mínima de utilización universal sobre la cual puedan cimentarse los grupos nacionales y especializados para satisfacer sus necesidades específicas. ICOM desea alentar el desarrollo de dichos códigos nacionales y especializados y le complacería recibir copias de los mismos.

Dicha información se remitirá al
Secretario General del ICOM
Maison de l'UNESCO
1, rue Miollis
75732 Paris cedex 15
France
Correo: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

Geoffrey Lewis
Presidente, Comité del ICOM para la Deontología

Comité del ICOM para la Deontología 2000-2003
Presidente: Geoffrey Lewis (Reino Unido)
Miembros: Gary Edson (Estados Unidos de América), Per Kåks (Suecia), Byung-mo Kim (República de Corea), Jean-Yves Marin (Francia), Bernice Murphy (Australia), Tereza Scheiner (Brasil), Shaje'a Tshiluila (Rep. Dem. del Congo), Michel Van-Praët (Francia).
Última actualización el Lunes, 14 de Septiembre de 2009 08:52
 
Los artefactos huaqueados en la investigación científica PDF Imprimir E-mail
Escrito por Ernesto Salazar   
Martes, 20 de Marzo de 2007 19:43
En 1991, una publicación de Christopher Donnan en National Geographic, a base de materiales mochicas huaqueados, produjo agudo debate en la arqueología estadounidense sobre la pertinencia, o mejor todavía la “ética”, de usar materiales obtenidos ilegalmente en publicaciones científicas. En el mismo año, la Society for American Archaeology estableció el “Comité de Etica en Arqueología” para discutir y reforzar las posiciones éticas de la Sociedad, entre ellas la decisión de no publicar trabajos basados en esta clase de materiales en sus revistas American Antiquity y Latin American Antiquity. Parte del debate fue publicado en un Reporte Especial “Ethics in American Archaeology. The challenges for the 1990’s”, Mark J. Lynott y Alison Wylie., eds. SAA, 1995.
Última actualización el Lunes, 14 de Septiembre de 2009 08:33
 
Código de ética profesional en arqueología PDF Imprimir E-mail
Escrito por ESPOL   
Viernes, 16 de Febrero de 2007 13:03
Con el fin de establecer un Código de Etica Profesional en Arqueología es necesario hacer planteamientos sobre la responsabilidad que tenemos con el país, la comunidad, colegas y con nuestro objeto de estudio: los sitios arqueológicos.
Última actualización el Lunes, 14 de Septiembre de 2009 08:34
 


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