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Código de Ética Para Visitas a Sitios Arqueológicos con Arte Rupestre PDF Imprimir E-mail
Escrito por Asociación Peruana de Arte Rupestre (APAR)   
Martes, 17 de Noviembre de 2009 12:37

Premisas

El Arte Rupestre es un objeto arqueológico y por lo tanto un monumento nacional. Esto quiere decir que el arte rupestre se encuentra protegido y amparado por las leyes peruanas del patrimonio cultural y arqueológico.

El Arte Rupestre es una herencia cultural del pasado. Hay 4 tipos de arte rupestre en el Perú: Pinturas Rupestres, Petroglifos, Arte rupestre movible, y Geoglifos.

El arte rupestre incluye las siguientes características: la figuración (grabada, pintada o delineada), el soporte (la piedra, la roca, el farallón  el suelo), y el entorno paisajístico. En conjunto estas características configuran el sitio arqueológico de arte rupestre.

Todos los peruanos tienen derecho y el deber de apreciar, proteger y estudiar el arte rupestre nacional teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

Comportamiento ético

1. Comunicar siempre el ingreso a los sitios que estén bajo supervisión, sea esta del estado: Instituto Nacional de Cultura por ejemplo; o particular: comunidad campesina, asociación comunitaria, etc. Si existen reglamentos internos de visitas, seguir este reglamento y cumplir con los requerimientos estipulados en el mismo.

2. Entender concientemente el encontrarse en un lugar que es un repositorio de arte antiguo, un lugar con reliquias expuestas. Por tanto se requiere un comportamiento acorde a esta situación.

3. Observar el arte rupestre siempre desde una distancia prudencial.

4. No debe intervenirse físicamente el arte rupestre en ninguna forma. No debe tocarse, pintarse, rasparse, tizarse, mojarse, escalarse, etc.

5. No se debe alterar de ninguna forma el entorno, en el cual el arte rupestre esta inscrito. No se debe remover el suelo, hacer fogatas, campamentos, construcciones, etc., en zonas cercanas a los sitios con arte rupestre.

6. No se debe levantar colectar o coleccionar cualquier material cultural asociado a los sitios de arte rupestre, sean estos cerámica, lítico, hueso, o cualquier otro material similar. Esta recomendación incluye también muestras botánicas (plantas y/o árboles), y muestras minerales.

7. No se debe dejar en el área nada extraño al entorno y el sitio de arte rupestre, esto incluye ofrendas, pagos, monedas, basura, etc.

8. Se debe recordar que todo daño al arte rupestre, siendo este patrimonio nacional, constituye un delito contra el patrimonio cultural que es sujeto a penalidades.

 

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