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Éditorial: La Compréhension Des Langages de L'Immatériel Dans L'Archéologie En Équateur PDF Imprimer Envoyer
Éditorial
Écrit par Francisco Valdez   
Mercredi, 23 Juin 2010 03:24

Un commentaire récent fait sur ce site par une enseignante d'une célèbre université de Quito, au sujet de l'interprétation que donnent les guides de la communauté de Cochasqui 1 sur ce que fut leur histoire passée et récente, remet sur le tapis une problématique qui est sur le point de se manifester pleinement en Équateur. Il s'agit du droit culturel de toutes les collectivités à interpréter leur histoire, d'après leur propre perspective. La nouvelle constitution et le projet de celle qu'on appelle la "Loi Organique des Cultures" garantissent à "toute personne, collectif, collectivité, commune, communauté, peuple et nationalité indigène, peuple afro-équatorien et peuple montubio [originaire du littoral équatorien, ndt], à établir et développer ses droits culturels, ainsi que la protection, conservation et promotion des patrimoines culturels, le développement de l'activité créative et les bases opératives des politiques publiques et le caractère institutionnel de leur gestion" [...]

"Ainsi, [ce texte] devient une loi fondamentale pour l'identité de tous les équatoriens et pour la concrétion de l'État de droit et de justice sociale, démocratique, souverain, indépendant, unitaire, interculturel, plurinational et laïque, se plaçant à l'avant-garde de la conception contemporaine des droits, de l'État et même, du développement"  (sic.). D'autre part, "[ce texte] introduit le concept de mémoires sociales en tant qu'élément fondateur pour catalyser l'effort conscient des groupes humains pour revendiquer des faits affirmant leur identité 2.".

Sous cet angle, la position académique de la collègue de l'USFQ [Université San Francisco de Quito, ndt] se voit littéralement privée de son droit d'opinion, et plus encore, de son droit d'enseigner un point de vue contraire à l'interprétation que les collectifs donnent de leur propre histoire. Dans un élan "de promotion du pluralisme et de la production indépendante, en opposition aux pratiques de monopoles", la nouvelle loi ouvre la porte sur une thématique qui avait été -jusque là - complètement ignorée en Équateur. Il s'agit du droit des peuples indigènes à chercher, investiguer, construire et interpréter leur propre histoire, aussi bien dans le passé que dans le présent.

El último numero de la afamada revista American Antiquity (vol. 75, no 2) trae justamente un foro de discusión sobre este tema que resulta muy pertinente para tratar de esta nueva realidad en el país multicultural que pretendemos ser. El debate trata sobre el antagonismo aparente que se da entre la arqueología académica “occidental” frente a una arqueología alternativa, llamada en Norteamérica, Native Archaeology o arqueología nativa. En varios artículos del foro se plantean los argumentos ideales que esgrimen los detentores de la nueva corriente.

¿Cuáles son algunos de los puntos de éste debate? y ¿Cuál es la pertinencia del mismo para la actual realidad ecuatoriana? Tradicionalmente se ha sostenido que la arqueología es LA ciencia que puede y debe estudiar, comprender e interpretar correctamente el pasado; pero resulta que los pueblos originarios son dueños de los recursos arqueológicos y patrimoniales ubicados dentro de sus territorios.

Los pueblos nativos de Norteamérica han generado una corriente de pensamiento nacida de la reacción contra la apropiación que hace la academia occidental de la historia indígena. De hecho, esta nueva corriente es un instrumento de descolonización y una manera de hacer respetar sus derechos, tradiciones y territorios. Es un hecho irrefutable que, en la mayoría de los casos, los pueblos originarios están en posición de inferioridad, o de marginalidad con relación a las otras comunidades nacionales y sobre todo con relación hacia los detentores de la ciencia occidental. Para los indígenas, los recursos patrimoniales tienen un profundo carácter simbólico, sagrado y hasta religioso. La aprobación de la famosa ley NAGPRA3, se fundamentó originalmente en el derecho que tienen los pueblos a proteger del manipuleo inescrupuloso a los restos humanos de sus antepasados. La llamada “arqueología nativa” promueve el derecho que tienen las comunidades originarias de proteger, manejar y estudiar su propio patrimonio cultural. Esta nueva tendencia pretende ser una práctica comunitaria, que ve en el estudio arqueológico una manera de afrontar su pasado, contrastar el presente y dar paso a sus necesidades futuras. Su utilidad radica en inculcar el respeto a su identidad (el sentido de sí mismo) y, a menudo es también una forma de legitimizar su derecho a la tierra y a sus territorios ancestrales. Para los pueblos originarios la arqueología es y debe ser un compromiso sociopolítico, en que el conocimiento debe contribuir al bienestar de los pueblos actuales. La arqueología es un motivo de orgullo (native pride) y por ello es necesaria la transmisión y conservación de los recursos patrimoniales. El estudio arqueológico es una forma de transmisión cultural, una manera de perpetuar su cultura y hacerla valer en el mundo globalizado. La importancia radica en la trasmisión del conocimiento ancestral y de los saberes tradicionales como una alternativa válida para afrontar las necesidades actuales: la sabiduría de los ciclos naturales en actividades como la agricultura, la ganadería, etc. Sostienen que a pesar de las apariencias, la tradición no es estática y que la investigación arqueológica estudia y documenta (a través del tiempo largo) el cambio y la estabilidad cultural. Ambos fenómenos forman parte del proceso histórico y deben ser vistos, estudiados y vividos por los pueblos originarios como parte de su devenir en el proceso de continuidad cultural.

Estos puntos expresan una reflexión madura y reflejan la lógica de un proceso encaminado en el sendero de la autodeterminación. Esto es posible en cuanto en que, tanto en Estados-Unidos como en Canadá, los pueblos originarios son considerados, desde hace más de un siglo; como cuerpos políticos y no simplemente como grupos étnicos. Desde el siglo XIX el estado federal de Estados-Unidos firmó tratados específicos con varias tribus, mediante los que se las reconoció como naciones soberanas, con derechos políticos bien establecidos, que han sido objeto de un debate activo durante las últimas dos décadas. El reconocimiento de estos mismos derechos comienza a ser discutido ahora en el Ecuador con la nueva constitución y sobre todo con el proyecto de Ley de las Culturas.

El debate es interesante, por cuanto aquí no cabe simplemente "copiar la realidad científica del norte", pues en la práctica hay algunas diferencias básicas entre las naciones de Norteamérica y el resto de Latinoamérica. La más obvia es que Latinoamérica es cultural y étnicamente mestiza. Acá no se puede hablar solamente de grupos blancos de origen europeo que han relegado a un segundo plano a los pueblos originarios. Desde el inicio la Sociedad Criolla incorporó al componente aborigen a su estirpe. De inmediato entraron las poblaciones de origen africano y fueron asimiladas, con más o menos crueldad a la población del continente. Durante 500 años el crisol latinoamericano fundió todos sus componentes en una sociedad multiétnica, que hoy se reclama de plurinacional. En Latinoamérica, como decía Bolívar, "todos tenemos de Inga o de Mandinga", por lo que el pasado milenario, el presente difícil y el futuro incierto nos pertenece a todos por igual.

Con el ánimo de enderezar entuertos, el proyecto de Ley Orgánica de las Culturas expresa en el

"Artículo 3. Libre determinación de las culturas.- Las personas, colectivos, colectividades, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afroecuatoriano y el pueblo montubio, pueden realizar libremente su desarrollo económico, social y cultural, de acuerdo al principio de equidad, decidiendo sus propias formas de convivencia y organización, conforme a la Constitución de la República del Ecuador, los convenios y tratados internacionales y la presente ley."

De la misma manera sostiene que "— Los derechos culturales serán ejercidos por las personas, colectivos, colectividades, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades, y comprenden entre otros aspectos:

  1. La Cosmovisión, concebida como las formas de percepción del mundo y las ideas.
  2. Los idiomas, lenguajes, dialectos y otras formas de expresión.
  3. Las Historias de las nacionalidades, pueblos, comunidades, comunas, colectivos, colectividades y personas, que serán escritas bajo su propia perspectiva.
  4. Los conocimientos y tecnologías ancestrales.
  5. Ritos, religiones, cultos y lugares sagrados.
  6. Formas diversas de economía y producción.
  7. Creación artística y artesanal.
  8. Estética individual y colectiva.
  9. Uso, acceso y disfrute de los espacios públicos.
  10. Formas diversas de organización
  11. Derecho Propio o Consuetudinario, de acuerdo a lo que establece la Constitución de la República."

En el papel todo esto suena muy bien, pero en el campo de la práctica, la realidad puede ser bien distinta. Recientemente se han visto las diferencias radicales que se tiene en el ámbito de la llamada "justicia indígena". Prácticas ancestrales, que hoy se consideran como formas primarias de tortura, se aplican en las comunidades, ante la aparente satisfacción de todos los comuneros. Sin embargo, a nadie le interesó mucho la opinión de las victimas, y cuando se les pidió su criterio, estos dijeron… "al estar colgado sobre un precipicio, uno reconoce cualquier cosa, con tal de que le suelten…"

Sin caer en los extremos, parece que el reconocimiento de los derechos a la diversidad traerá necesariamente problemas de interpretación en muchos casos. El ejemplo señalado al inicio, en que una docente de arqueología previene a sus alumnos de que "no hay que tener en cuenta las explicaciones que dan los guías comuneros de Cochasqui" es un caso bien concreto que se les escapó a los autores del proyecto de Ley Orgánica de las Culturas. La interpretación objetiva del mundo blanco y mestizo occidental entra claramente en contradicción con la historia que las comunidades han escrito de su pasado reciente y lejano "bajo su propia perspectiva". La estudiante de Pittsburgh no puede menos que revoltarse ante las explicaciones "simplistas y fantasiosas" que expresa el guía nativo. Poco importa el origen de este discurso, para el proyecto de ley lo que cuenta es el sentir de los pueblos y sus formas de percibir el mundo.

Ante esta situación, el pueblo mestizo, que conforma la gran mayoría del actual Ecuador, tendrá que ir aprendiendo a convivir con la diversidad, en el plano del proyecto de la nueva realidad ecuatoriana.

No obstante, en última instancia la verdadera pregunta es ¿a quién le pertenece el patrimonio cultural de la nación? ¿a unos pocos?, ¿a cada colectividad?, o ¿al conjunto de la nación ecuatoriana?

De hoy en adelante, ¿cómo se deberá interpretar la historia antigua del Ecuador? ¿Bajo qué óptica se deberá construir el devenir nacional? Todo suena tan simple, pero para ser consecuentes habrá que comenzar a pensar sobre ¿cuál es la verdadera nacionalidad de los ecuatorianos?

En el contexto ecuatoriano, la arqueología no sólo debe ocuparse de la cultura material de los antiguos pueblos nativos, sino que sobre todo debe tener un lenguaje muy claro sobre el quehacer (historia reciente) de todos los ecuatorianos contemporáneos. La ciencia arqueológica trata sobre el pasado de todos los pueblos, y pretende ofrecer una visión científica de la evolución humana, del rol de la cultura como un mecanismo adaptativo, del interjuego de la tecnología, del uso de los recursos y del manejo del medio ambiente. Pero sobre todo debe contribuir al estudio y a la explicación del desarrollo de la complejidad social, pasada y presente de todos pueblos que hoy somos nativos de este mismo territorio.

Notas:

  1. http://foros.arqueo-ecuatoriana.ec/post/13215/#p13215
  2. Segundo debate a la PROPUESTA DE LEY ORGÁNICA DE CULTURAS, informe de los asambleistas Marisol Peñafiel, Mariángel Muñoz, Aminta Buenaño y Carlos Samaniego.
  3. THE NATIVE AMERICAN GRAVES PROTECTION AND REPATRIATION ACT, o ley de Protección y Repatriación de las Sepulturas de los Nativos Americanos, protege de la apropiación, científica o no, a los restos culturales (y específicamente a los restos humanos) de los pueblos originarios en los Estados-Unidos.
Mise à jour le Mardi, 12 Octobre 2010 18:47
 

Commentaires  

 
#3 RE: Editorial: Comprendiendo Los Lenguajes De La Inmaterialidad De La Arqueología En El EcuadorGaëtan Juillard 12-10-2010 10:58
El proposito de la arqueologia es mas alla de la polemica que surgió en torno al comentario de Josefina y las luchas por la interpretación de los vestigios de Cochasquí. El proposito de la arqueología es de entender la diversidad humana y sus manifestaciones materiales, las culturas; lo que implica también aceptar los múltiples discursos sobre estas últimas.

Hasta una época no tan remota, algunos académicos despreciaban las creencias, las posturas y las visiones de los pueblos nativos sobre los vestigios y sitios arqueológicos. Muchas veces, el interés que demuestraban los pueblos nativos en estos temas no era una tentativa de ser los únicos dueños de su pasado. Eso quiere demostrar que el pasado debe tener una legitimación mucho más amplia que un simple debate restringido entre especialistas expertos. Debe ser un crisol en el cual los demás ciudadanos deben tener los mismos intereses por entender y conocer que les profesionales del ramo y deben poder expresar su opiniones. No es algo negativo, es una posibilidad para nuevas ideas de mezclarse al debate y luego producir nuevas hipótesis por verificar.

También, porque el pasado nos define en nuestra cultura y en nuestra nación, su estudio y comprensión es fundamental por parte de todos los componentes de la sociedad. "Es de donde venimos, y es lo que define lo que somos." Por eso, no es posible tan poco dejar la última palabra a algunos iluminados o otros "aficionados" (quien sea, arqueólogos o no) que quieren, para fines económicos, intereses personales o nacionales, etc., corromper y equivocar la construcción del pasado. Claro, no podemos negar teorías alternativas que pudiéramos considerar como "fantasías" porque también tienen que ser estudiadas y debatidas científicamente. No es una razón por la cual algunos individuos o grupos deben responder al discurso académico mediante los artículos constitucionales que garantizan derechos y no constituyen argumentos científicos ninguno. Denegar esto no debe ser visto como un una simple negación de lo que no corresponde a la "sabiduría arqueológica académica" sino solamente porque no son validos luego de una verificación científica seria, sencilla y aceptada por todos: "¿Donde esta(n) la(s) evidencia(s)?".

Nadie tiene la verdad, ni siquiera los arqueólogos. No hay más que ir adelante preguntando(se) cada vez que escuchamos una nueva teoría o hipótesis: "¿Donde esta(n) la(s) evidencia(s)?"; y verificar cuidadosamente las pruebas presentadas… y preguntar una vez más… cada vez más preguntas más y más complejas.

Como siempre, la única postura viable para todos es una mente abierta y critica y aceptar que cada uno puede equivocarse, sin que los unos seán "ignorantes" y los demás "blanco-mestizos post-colonialistas".
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#2 ArquitectoIván Cortes gGalvez 26-09-2010 21:32
Es muy loable se publiquen noticias como estas para el conocimiento de la colectividad,
Gracias
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#1 RE: Editorial: Comprendiendo Los Lenguajes De La Inmaterialidad De La Arqueología En El EcuadorGaëtan Juillard 12-09-2010 05:31
Sobre el mismo tema, el 17o numero de la Apachita propone un articulo interesante sobre la apropiación del pasado (y la referencia permanente a lo incaico) : revistas.arqueo-ecuatoriana.ec/es/apachita/apachita-17/184-si-quieren-ser-inkas-que-sean-felices
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